PROPIEDAD MILITAR EN CHILE:

"UNA TELARAÑA QUE COMIENZA A DESENREDARSE"

 

Se necesitaron ocho años de gobierno democrático y un libro reportaje denominado "La cofradía blindada", de Dauno Tótoro, para que el misterioso tema sobre la propiedad militar en Chile se comenzara a discutir e investigar.

Recién el pasado tres de julio, las diputadas del Partido por la Democracia (PPD) Adriana Muñoz y Laura Soto, junto a su homólogo Aníbal Pérez, denunciaron que el Ejército está vendiendo bienes fiscales a particulares en forma irregular.

Esto ocurrió con un predio ubicado en Rancagua, que originalmente había sido traspasado por el Estado para bienestar social y que fue vendido por la institución castrense a una inmobiliaria a un precio inferior al de mercado, perdiendo más de 100 millones de pesos. El terreno fue enajenado inicialmente, por el Ejército, en 360 millones de pesos y, posteriormente, por particulares, en 500 millones de pesos.

"Con esto se legitima una situación fraudulenta y de corrupción en las Fuerzas Armadas. Porque bienes que habían sido traspasados por el Fisco para beneficiar el bienestar social, para viviendas sociales o para encuentros de recreación, se le ha dado un objetivo distinto. Finalmente, se han vendido a inmobiliarias y éstas les han dado un uso comercial", señaló entonces Adriana Muñoz.

La denuncia motivó una reunión de urgencia al otro día con el Ministro de Defensa, Raúl Troncoso y el senador Sergio Bitar, presidente del PPD, partido que es el que se ha preocupado del tema. Bitar exigió "normas transparentes y procedimientos rigurosos" en relación con la enajenación que realizan las Fuerzas Armadas de bienes que originalmente les son entregados por el Estado para otros fines. Esta transacción la realizan acogiéndose a una norma de la Contraloría que permite negociarlos por medio de la figura legal denominada patrimonio de afectación fiscal (PAF).

Esta clase de acontecimientos se explicaba gracias a que el 6 de abril de 1971 fue publicado en el Diario Oficial el artículo transitorio del DFL Nº1 del Ministerio de Defensa, según el cual se establecía que a contar de esa fecha se confería al Presidente de la República y a los comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas la facultad de asignar bienes raíces fiscales a los patrimonios de afectación de los servicios de bienestar de esas instituciones.

En palabras simples, eso significaba que si el Ejército, la Fuerza Aérea o la Armada necesitaban algún bien raíz para fines particulares, estas instituciones debían solicitarlo al ministerio del ramo, previa aprobación de las autoridades mencionadas. Sin embargo, se establecía una duración de 90 días para ello, luego el DFL caducaría.

En forma textual el decreto decía: "Declárese que los bienes y servicios pertenecientes a los departamentos y subdepartamentos de bienestar social de las Fuerzas Armadas, serán aquellos que dentro de 90 días, a contar de la publicación del presente decreto con fuera de ley, sean asignados a su patrimonio de afectación, por decreto o resolución interna". La vigencia de esta norma transitoria expiró a la medianoche del día 12 de octubre de 1971.

La Contraloría debió recalcar ahora que el decreto con fuerza de ley ya había caducado, para evitar que se siguiera "mal interpretando" por parte de las Fuerzas Armadas.

Por medio de un comunicado, el organismo contralor informó que dado que sus dictámenes constituyen jurisprudencia obligatoria "no cabe objetar los actos administrativos a través de los cuales se efectuaron las asignaciones de bienes fiscales al amparo del criterio que hasta esa fecha sustentara". Con ello, se estableció que todos los traspasos de terrenos efectuados por las Fuerzas Armadas con anterioridad al dictamen 23.752, emitido el 9 de julio, no pueden ser objetados de manera alguna. Aún más, el documento de Contraloría establece que las actuaciones de los cuerpos castrenses "se han realizado en todo momento dentro de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes".

Sin embargo, los diputados de la Democracia Cristiana Andrés Palma y Gabriel Ascencio solicitarán una comisión especial en la Cámara Baja para investigar el dictamen de la Contraloría que prohibe a las Fuerzas Armadas disponer de los bienes fiscales enajenados durante los últimos 27 años.

El diputado Ascencio opinó que según el DFL1 de 1971 -que establecía que se podían realizar las operaciones en un plazo de 90 días- todos los actos de la institución "son nulos". En ese sentido, precisó que "al amparo de una incorrecta interpretación de este DFL se han realizado múltiples operaciones, algunas en forma reglamentaria, otras con irregularidades y muchos casos que están en tribunales".

Dijo que no se trata de hacer "una especie de borrón y cuenta nueva", como establece la propia Contraloría, que "a través de los párrafos intermedios del dictamen pretende resolver tímida y superficialmente una verdadera caja de Pandora". Esto, afirmó el diputado, genera una revisión total de las operaciones que se realizaron bajo el DFL1, ya que la mayoría adolece de nulidad.

Los parlamentarios aclararon que no se trata de "perseguir" a los oficiales o a los directores del Servicio de Bienestar "porque enajenaron algo amparándose en una disposición que creían correcta y que finalmente no lo era".

Su iniciativa podría terminar en una investigación acuciosa que comprobara la totalidad de los bienes enajenados y así cerrar esta disputa al menos con las cuentas claras.

El Comandante en Jefe del ejército respondió a todo esto señalando que "Hay muchas personas que se escudan en leseras y critican a las Fuerzas Armadas, particularmente al Ejército; ojalá, esas personas vinieran a nuestros cuarteles y vieran cómo hacemos nuestra instrucción; nos conozcan más cómo trabajamos, cómo pensamos y fundamentalmente cómo somos".

Reconoció que el Ejército pueda actuar en forma dura, pero resaltó que se debe a la formación, a la disciplina y a la doctrina en que está basada la institución. Recalcó que el Ejército trabaja con cosas reales y que jamás miente. "Nos podemos equivocar, pero jamás mentimos.

LA HISTORIA DESCONOCIDA.

El caso anterior del predio en Rancagua no es el primero en conocerse, ya hubo varios casos aislados de los que se podía deducir la realidad.

El 17 de Agosto de 1978, mediante el Decreto Exento Nº 27 y el Nº 11 del 26 de abril de 1983, se destinaron grandes terrenos fiscales en Bahía Catalina, Provincia de Magallanes, para el cumplimiento de tareas institucionales de la Fuerza Aérea. El 13 de diciembre de 1988, mediante resolución exenta Nº 388 ocurrió lo mismo con un predio ubicado en Quintero. La FACH, mediante resolución interna Nº02216 y Nº 01148, asignó los terrenos fiscales al PAF.

Por Decreto Exento Nº 107 de 1987 se destinó al Ala Base Nº1 de Antofagasta dos lotes ubicados en sector de Cerro Moreno, comuna de Mejillones, II Región. En 1994 el SEREMI de Bienes Nacionales comunicó a Santiago que parte de los terrenos concedidos se estaban

arrendando a la Minera Ravrock Limitada. En una inspección ocular del predio se pudo establecer que en su totalidad estaba ocupado por la minera y no había ni una base de la Fach, como lo había informado el comandante en jefe de la Fuerza Aérea por intermedio del subsecretario de Aviación del Ministerio de Defensa de la época.

El 21 de septiembre de 1995, el jefe de la División de Bienes Nacionales del Ministerio, recibió un informe del subrogante del SEREMI de Bienes Nacionales de la Primera Región informando sobre una licitación de terrenos fiscales en el sector Bajo Molle por orden de Bienestar Social de la Armada de Chile.

Esto llevó a que la Ministra de Bienes Nacionales, Adriana Delpiano, presentara en la Contraloría tres peticiones de revisar la licitación de este predio y los otros ejemplos antes señalados. Como ya sabemos y tras una ardua lucha, sólo consiguió que la Contraloría diera caducado el decreto a partir del 9 de julio del presente, pero con una orden expresa de no cuestionar los traspasos antes hechos por ningún ente de las FFAA.

Un hecho a considerar es que en 1988 la ley Nº 18.712, que definió un nuevo estatuto reprodujo textualmente en su Artículo 19º el DFL Nº de 1971, incluyendo los noventa días de expiración del decreto. Si las FFAA entendían que no había caducado el anterior de 1971, ¿por qué lo volvieron a dictar?.

EL PATRIMONIO CONOCIDO DE LAS FUERZAS ARMADAS.

 

CHILE.jpg (7131 bytes) Chile dota al uso militar casi 16 mil km2 de territorio (ver infografía), lo que fácilmente se puede comparar con los 21.041 km2 de un país como el Salvador o los 21.946 km2 de Israel, que es la cifra que maneja el Ministerio de Bienes Nacionales en la actualidad.

El Ejército posee 953.500 hectáreas, la Fuerza Aérea 2.443 km2 y la Armada 3.406 km2. Carabineros tiene 533 km2 de superficie, en tanto que Investigaciones 2,5 km2.

DISTRIBUCIÓN DE LAS TIERRAS.

REGIÓN PROPIEDADES DE USO MILITAR SUPERFICIE EN KM2 PROPORCIÓN SUPERFICIE FISCAL
PRIMERA

SEGUNDA

TERCERA

CUARTA

QUINTA

SEXTA

SÉPTIMA

OCTAVA

NOVENA

DÉCIMA

UNDÉCIMA

DUODÉCIMA

METROPOLITANA

655

235

67

109

332

138

170

373

188

332

202

768

825

2.129,0

5.927,0

569,9

106,0

225,7

50,9

374,7

160,5

34,5

319,4

1.587,9

4.264,0

154,5

5,6%

52,5%

1,2%

12%

30,3%

57,1%

73,5%

14,4%

0,7%

2,8%

3,8%

10,6%

5,9%

Esto es lo que se conoce sobre las tierras. Sin embargo, se le deben sumar todos los patrimonios enajenados por el concepto de Bienestar, muchos de los cuales se han vendido a empresas constructoras para la fabricación de condominios. En muchos países del orbe este sería un grave caso de corrupción, pero ¿Qué es en Chile?, ¿Hasta cuando durará el miedo marcado en los corazones de cada habitante de este angosto país desde 1973?. La historia, en definitiva, es quien dictará la última palabra.

 

FUENTE: Cofradía Brindada de Dáuno Tótoro.

 

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